En este apartado se encuentra toda la documentación relativa a la información institucional, económica y estadística, que de manera clara y organizada, se obliga el Colegio Profesional de Criminología de la Región de Murcia a tener actualizada en cumplimiento de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, publicada en el Boletín Oficial del Estado n.º 295 del 10 de diciembre de 2013 (Ley de Transparencia en adelante).
El Colegio Profesional de Criminología de la Región de Murcia está comprometido con las prácticas del buen gobierno corporativo, la transparencia de su gestión y la accesibilidad a la información y documentación relevante.
La Ley de Transparencia tiene un triple alcance:
- Incrementa y refuerza la transparencia en la actividad pública.
- Reconoce y garantiza el acceso a la información.
- Establece las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento.
La Ley de Transparencia es aplicable respecto del Título I relativo a la transparencia de la actividad pública, a los colegios profesionales, en lo que atañe a sus actividades sujetas a derecho administrativo (art. 2. 1. e) a partir del pasado 10 de diciembre de 2014 (Disposición Final 9.ª).
Según el Título I de la Ley de Transparencia, los colegios profesionales, deberán publicar la información sujeta a las obligaciones de transparencia en sus correspondientes sedes electrónicas o páginas web, de una manera clara, estructurada y entendible para las personas interesadas.
Se debe incluir información relativa a las funciones que desarrollan, la normativa que le es de aplicación, así como su estructura organizativa, incluyendo un organigrama actualizado que identifique a los responsables de los diferentes órganos y su perfil y trayectoria profesional.
Igualmente se debe hacer pública la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria.
Son actividades sujetas a derecho administrativo y sobre las que el Colegio Profesional de Criminología de la Región de Murcia debe informar las siguientes:
- La colegiación o su denegación.
- Los acuerdos sobre inscripción en el registro de sociedades profesionales o su denegación.
- La ordenación de la actividad profesional.
- El ejercicio de la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial.
- El establecimiento de criterios orientativos de honorarios profesionales para la tasación de costas y los informes sobre esta materia.
- Las decisiones sobre la inclusión en las listas de peritos colegiados para designación judicial o su denegación.
- La colaboración con las Administraciones públicas en el ejercicio de funciones públicas.
- Cualquier otra que por ser ejercicio de función pública se someta a derecho administrativo.
Información de transparencia
- Información institucional
- Memorias anuales
- Información económica
- Información estadística
- Localización y contacto
- Petición de información pública